Cuidadito, cuidadito, que esto puede cambiar muchas cosas. Según leo en EG, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictado una ley que defiende, no solo el derecho de un particular a revender su copia de un videojuego, sino también de hacerlo con sus títulos en formato de descarga digital, algo que todas las plataformas sin excepción han venido prohibiendo en esos EULA de los infiernos que nos obligan a aceptar. Ojito al texto de ley:
El autor de programas de ordenador no puede oponerse a la reventa de sus licencias «de segunda mano» que permiten la utilización de sus programas descargados de Internet. El derecho exclusivo de distribución de una copia de un programa de ordenador cubierta por una licencia de ese tipo se agota en su primera venta. Según esta Directiva, la primera venta en la Unión de una copia de un programa de ordenador por el titular de los derechos de autor o con su consentimiento agota el derecho de distribución en la Unión de dicha copia. Así pues, el titular de los derechos que ha comercializado una copia en el territorio de un Estado miembro de la Unión pierde la posibilidad de invocar su monopolio de explotación para oponerse a la reventa de esa copia. En la sentencia que hoy dicta, el Tribunal de Justicia precisa que el principio de agotamiento del derecho de distribución se aplica no sólo cuando el titular de los derechos de autor comercializa las copias de sus programas de ordenador en un soporte material (CD-ROM o DVD), sino también cuando las distribuye mediante descarga a partir de su página web. En efecto, cuando el titular de los derechos de autor pone a disposición de su cliente una copia –ya sea material o inmaterial– y celebra al mismo tiempo, a cambio del pago de un precio, un contrato de licencia por el que confiere al cliente el derecho de utilizar dicha copia por una duración ilimitada, ese titular vende la referida copia al cliente y agota de este modo su derecho exclusivo de distribución. En efecto, una transacción de esta naturaleza implica la transferencia del derecho de propiedad de la copia. Por tanto, aun cuando el contrato de licencia prohíba la cesión posterior, el titular de los derechos ya no podrá oponerse a la reventa de tal copia.Podéis consultar el edicto aquí mismo. La pregunta es: ¿Steam, Origin y demás amiguetes de lo digital alterarán sus políticas y nos brindarán la opción de transferir nuestra licencia sobre un juego a otro usuario? ¿O pasarán de todo y punto?
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Pues me vendría del carajo, estaría muy, pero que muy bien poder vender mi Call Of Duty Black ops y poder invertir parte de ese dinero en otro titulo de mas calidad; Algo no muy difícil.
A ver si Steam nos da la oportunidad.
Dado que el texto es una Directiva Europea y no una ley, su aplicación en el contexto de cada Estado de la Unión dependerá de su Gobiero; esto es, si la UE establece una directiva y un país no la aplica (es decir, no promulga una ley concreta para cumplir la directiva), hay sanciones para el país COMO ESTADO, pero no para el ciudadano en última instancia, puesto que no está infringiendo las leyes de su país.
Por tanto, opino que las posturas que adopten Steam y EA serán diferentes para cada país, dependiendo de si aplican o no la directiva de la UE, y de cómo lo hagan con sus leyes particulares.
Lo bueno que podría salir de aquí es que, al no haber un desgaste físico del juego y la persona que lo adquiera de manera digital lo disfrutaría como tal podrías venderlo prácticamente por lo que te costo y así recuperar la inversión completa. xD
Hay una luz al final del túnel digital. Aleluya
PD. creo que es la noticia con más tags de dispositivos de la historia
Te quiero, @sucalvo
El TJUE no puede dictar JAMÁS ninguna ley de ningún tipo, esto sólo lo puede hacer el Consejo y el Parlamento Europeo a propuesta de la Comisión Europea.
Una directiva no es una ley en sentido propio, si no algo así como una ley de bases, como bien ha explicado sucalvo, a la espera de que sea transpuesta por los Estados miembros.
Sólo aclaro, porque tal y como está redactada la noticia puede dar lugar a pajas mentales de derechos del ciudadano y blabla cuando no es así.
Yo supongo que eso significa que si tu quieres vender tu cuenta Steam con todo lo que tiene a otra persona, puedes hacerlo y Steam no te puede banear si ve que el usuario ahora es otro, pero no que obligue a poner un botón de «revender» que te permita revender los juegos que te has pasado.
EUROPE NEEDS HATZ…MOAR HATZ
Vendiendo lo que no jugaré nunca en Steam me compro un piso.
En Steam, XBL, PSN etc, tenían que hacer un espacio donde la gente pone sus juegos digitales al precio que quieran y la gente entra a comprar. Aceptas unos terminos en los cuales estas conforme con que cuando alguien compre uno de tus juegos tu ya no podrás usar el producto y fuego.
A mi lo que me da que harán es que pondrán un límite a la cesión del juego, vamos que será como si te lo alquilan. Entiendo que así se saltarían esta directiva sin más.
A mi me parece qujoder no me he enterado de nada, voy a leerlo otra vez.
Si la gente pone el precio que quiere a lo que vende de segunda mano se va a tomar todo por culo.
Y los indies a tomar por saco. Y no más Humble Bundles y hostias varias.
Y entonces vienen más DLC, más códigos de un solo uso, cuando compres el juego de segunda mano básicamente lo único que podras hacer es darle a Start si no pagas 10€ más a la desarrolladora por un DLC de activación…
Si hay segunda mano digital, prefiero que las plataformas impongan un poco los precios.
Pues salvo que logres venderlo más caro de lo que lo compraste, al igual si no los hubieras comprado te podrías comprar una casa.
@kaiser_molinari I know, I know…
Vamos a ver:
1. No es ninguna directiva, es una sentencia. Como tal jurisprudencia.
2.. El derecho del vendedor se agota con la primera venta y luego puede revenderse por el comprador a quien quiera y al precio que considere oportuno.
No es nada nuevo, es derecho de mercado. Asigntura que se cursa en 3º de Derecho. Y ley que no es de ahora.
En definitiva, esto no es mas que una sentencia en la que se da la razón al demandado por revender una licencia que previamente compro. Por ser un derecho recogido en la legislación europea, en este caso una directiva.
Ni es nada nuevo, ni nada especial. Si yo compro una bolsa de «patatas lays» a 5 euros en Alemania y las vendo a 8 en España, estoy en todo mi derecho. Y esto, repito, no es nada nuevo.
p.D. Por cierto, los tribunales no dictan ley alguna. Y el tribunal de justicia europeo no es la excepción.
De hecho, creo haber oido (no estoy seguro) que según los terminos de Steam, se te alquila la licencia de los juegos, nunca eres propietario de ellos, por lo que si mueres (por ejemplo) no son heredables.
Lo unico interesante de esto es que cierra el debate (no es cierto pero bueno) acerca de si un software comprado es una licencia de uso o es una compra adquisitiva de la propiedad de toda la vida: lo que dice el Tribunal es que si de la compra se deriva o entiende que hay un acuerdo de uso ilimitado eso equivale a compra adquisitiva de la propiedad y no a una licencia de uso ilimitado, por mucho que empleen esa palabra las empresas o por mucho que no se tenga un soporte fisico. Por lo tanto al tener el derecho de propiedad entran en juego otros derechos y obligaciones diferentes que los de una licencia, como la venta de segunda mano p.ej. (nada nuevo bajo el sol como dice Fuu)
Como ya dije en su dia cuando hablamos de esto, existen muchas lagunas interpretativas que tarde o temprano se tienen que cubrir por la jurisprudencia. Eso es lo que estamos viendo ahora.
No sé hasta que punto puede afectar a Valve la verdad.
Precisamente eso es lo que dice el Tribunal que no puede ser. Si los juegos son tuyos para usarlos cuando y como quieras, da igual el nombre del contrato por el que los disfrutas que la propiedad es tuya (y de tus herederos xdddd).
Otra cosa diferente es que lo que Valve te ofrece es un acceso a su servicio y que cuando éste cese por x motivos (Gabe palma y lo da todo a la beneficiencia) te quedas sin nada.
El tema de Valve y su sistema de distribución digital es una de esas lagunas que tarde o temprano traerán historias ya que no es una simple pagina de comprar keys como lo pueda ser Cdkeyhouse.
Yo no me siento con el valor moral de vender HUMO, NADA, BITS a otro usuario.
Blizzard cagará ladrillos con esta sentencia…
venta de juegos «usados» en Steam? Lo dudo.
Hola, soy Ebay. ¿alguien me llamaba?
@el_jugador_medio
Segunda mano digital. El juego no sufre ningún tipo de desperfecto, ni se va a romper ni nada.
Si ponen segunda mano en Steam o Origin se acaban las rebajas locas.
@rapther
Dependerá, como todo, de la oferta y la demanda. ¿Por qué iba Steam a encarecer un juego, si hay muuuucha gente que podría vender a la mitad, exactamente el mismo producto(como bien dices, no hay desperfectos, ni envejecimiento, etc)?
Rebajas habrá igual, quizás por menos tiempo para que la gente acuda en masa o dependiendo el gasto que hagas en la Store consigas descuentos…
Eso sí, más DLC (pero de los buenos, de los que hacen que no quieras vender un juego) o sistemas para que no te quieras desprender de ese título hasta pasados unos buenos meses, digo yo.